Para la justificación económica, las personas que ostentan la representación legal de las entidades de los centros/unidades acreditados deberán cargar en la aplicación JUSTIFICA, bien mediante carga manual o carga masiva, los datos de los gastos realizados hasta el final del periodo de ejecución que hayan sido efectivamente pagados y, además, presentar en la aplicación JUSTIFICA la siguiente documentación:
Los elementos que componen la cuenta justificativa con informe de auditoría son los siguientes:
- Informe económico con Informe de Auditoría ROAC
- Documento Plantilla_Gastos_Auditor
- Archivo Excel con el desglose de viajes y dietas
- Facturas y justificantes de pagos, cuando estas superen 5.000 euros de base imponible
- Documentación asociada a procedimientos de contratación
- Relación donde se especifiquen otros ingresos o ayudas percibidos
- Acreditación del reintegro de remanentes no aplicados
- Listado de personal
- Certificado de Estancias de Investigación
El justificante del registro de gastos presentados y la documentación asociada, se genera automáticamente por la aplicación JUSTIFICA.
El seguimiento de las actividades científicas se realizará por el Comité Científico de Seguimiento, a partir de:
1. La documentación presentada por los centros o unidades:
o Formulario de la aplicación telemática cumplimentado.
o Centros: Memoria de autoevaluación (Self evaluation report), según el modelo facilitado en la sección “Modelos de formularios para justificación científico-técnica”, que incluirá la actualización de los indicadores de seguimiento del programa de investigación. Los Centros que fueron acreditados, además, en convocatorias anteriores a 2025, deberán utilizar el Modelo “Intermedio Severo Ochoa 2025. Self-evaluation Report 2025. Con acreditación previa”. Los que solamente fueron acreditados en la convocatoria de 2025, deberán utilizar el Modelo “Intermedio Severo Ochoa 2025. Self-evaluation Report 2025. Sin acreditación previa”.
o Unidades: Memoria de autoevaluación (Self evaluation report), según el modelo facilitado en la sección “Modelos de formularios para justificación científico-técnica”, que incluirá la actualización de los indicadores de seguimiento del programa de investigación. Las Unidades que fueron acreditadas, además, en convocatorias anteriores a 2025, deberán utilizar el Modelo “Intermedio María de Maeztu 2024. Self-evaluation Report 2025. Con acreditación previa”. Las que solamente fueron acreditadas en la convocatoria de 2025, deberán utilizar el Modelo “Intermedio María de Maeztu 2025. Self-evaluation Report 2025. Sin acreditación previa”.
o El informe de la última evaluación externa realizada por el Comité Externo Asesor del Centro, incluidos aquellos centros acogidos a la excepción del anexo I. 3.f) que se presentan como unidad, o, en su caso, de la Unidad.
o Cualquier otro documento que considere relevante para el seguimiento (Further information), en formato libre.
o La descripción de las actividades llevadas a cabo para la difusión y publicidad de la ayuda concedida (Difusión, comunicación y publicidad de la ayuda), en formato libre.
2. Una entrevista presencial con los/as directores/as científicos/as.
La justificación científico-técnica final tendrá lugar a partir del año 2030